En tal sentido la Senadora Sandra Domínguez ha formulado una pregunta para su
contestación por escrito ante el Senado respecto a las medidas de seguridad que
se adoptan en los aeropuertos respecto a los productos líquidos.
En tal línea expone la Senadora que si bien la Unión Europea (UE) desde el 2006, y con el
objetivo de proteger a los estados miembros frente a la amenaza de los
explosivos líquidos, ha adoptado medidas de seguridad que limitan la cantidad de líquidos o sustancias de consistencia
similar que los pasajeros pueden llevar consigo cuando pasan los controles de
seguridad de los aeropuertos, permitiéndose sólo líquidos en envases individuales de
capacidad no superior a 100 ml., no obstante no se prevé el requisito de ciertos controles sobre los precios abusivos de un
producto tan necesario como el agua en la zona
de embarque.
Por
ello la Senadora por Fuerteventura ha señalado que dado que no se produce un equilibrio entre la seguridad de los aeropuertos y la garantía de los pasajeros a gozar de ciertas
medidas de salubridad, es por lo que debe ser el Ministerio de Fomento el que
garantice un trato igualitario para todos los pasajeros, dado que hay
algunos Aeropuertos en España en los que de forma lógica existen dispensadores de agua potable en la zona de embarque, y en
cambio otros como es el caso del
Aeropuerto de Fuerteventura en el que no han instalado ningún dispensador de agua, perjudicando a los
pasajeros y en beneficio sólo de
las entidades explotadoras de los establecimientos instalados en el
Aeropuerto.
La Senadora de AMF ha solicitado al Gobierno que justifique el porqué no dispone el Aeropuerto de Fuerteventura de dispensadores de agua , a fin de otorgar un trato digno a los pasajeros, y
mantener unas mínimas condiciones de salubridad de los usuarios.