Medio Ambiente abre una salida “digna” a Soria para que pueda parar las prospecciones de Repsol en Canarias hoy mismo

Los técnicos del Ministerio de Medio Ambiente del Gobierno de España han dejado una salida “digna” al ministro de Industria, José Manuel Soria, para que pueda parar las prospecciones que la multinacional petrolera Repsol quiere hacer frente a las costas de Fuerteventura y Lanzarote. La paralización puede hacerse de forma inmediata.


La Declaración de Impacto Ambiental de las prospecciones petrolíferas en Canarias que el pasado 25 de mayo (víspera del Día de Canarias) dictó, a petición de Repsol, la Secretaría de Estado de Medio Ambiente del Gobierno de España, deja abierta una fórmula para que José Manuel Soria y el Ministerio de Industria no autorice las prospecciones petrolíferas y, ademá,s el Estado no se vea obligado a abonar ninguna indemnización a la multinacional petrolera. “Soria tiene ahora en su mesa la herramienta para enterrar este proyecto, se la han dejado preparada desde Medio Ambiente, suya es la responsabilidad: o sigue el camino que le trazan desde Medio Ambiente o el de la petrolera”, adelantó Mario Cabrera, presidente del Cabildo de Fuerteventura,

En la lectura detenida de la DIA de Repsol puede verse cómo el Secretario de  Estado de Medio Ambiente admite expresamente que “el análisis de riesgos” de los sondeos “parte de una serie de hipótesis y datos de entrada aportados por el promotor” (Repsol) y señala a continuación que “por su propia naturaleza PRESENTAN INCERTIDUMBRES”.

“Entendemos que con esto es inaceptable seguir adelante. Los sondeos deben ser suspendidos inmediatamente. No puede ser que quien tiene la obligación de exigir <<certeza sobre la inexistencia de riesgos>>, lejos de hacerlo admita la existencia de <<incertidumbres sobre tales riesgos>>, y a pesar de eso autorice la realización de los sondeos”, explicó el presidente del Cabildo de Fuerteventura, Mario Cabrera.

“Esto es jugar con fuego, y produce auténtica perplejidad, porque en la práctica no significa otra cosa sino la toma de decisiones que lejos de observar el elemental principio de cautela, optan voluntariamente y conscientemente por la puesta en riesgo del ecosistema canario, y la puesta en riesgo de la seguridad y bienestar social de todos los canarios”, añadió.

Esta forma de proceder no sería aceptable en ninguna sociedad moderna y responsable, y mucho menos si al otro lado de la balanza de esa puesta en riesgo no hay otra cosa sino los intereses meramente económicos y comerciales de quien no persigue otra cosa sino hacer negocio y cartera.

El Cabildo ya ha advertido con anterioridad que del análisis del documento de al DIA se desprende que desligan el riesgo de accidentes del proyecto y no establecen medidas obligatorias sino meras recomendaciones, en el siguiente sentido:

“En relación con el análisis de los sucesos accidentales descrito en el apartado B, para su consideración en la autorización sustantiva del proyecto, se ha estimado el riesgo ambiental para el archipiélago canario, suponiendo un caudal de blowout de 3.000 bbl/día que sin la aplicación de las medidas de lucha contra la contaminación, podría tener unas consecuencias que el promotor ha estimado en el estudio de impacto ambiental y adendas”.

De esta forma, la DIA no se pronuncia sobre dicho riesgo y no señala "las condiciones que deban establecerse"  para casos de derrame accidental, sino unas meras recomendaciones y siempre de acuerdo con lo que proponga el promotor, no el propio Ministerio.

Sin embargo, el Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos, establece al respecto:

"Una vez realizado el trámite de información pública y con carácter previo a la resolución administrativa que se adopte para la realización o, en su caso, autorización de la obra, instalación o actividad de que se trate, el órgano sustantivo remitirá el expediente al órgano ambiental, acompañado, en su caso, de las observaciones que estime oportunas, al objeto de que se formule una declaración de impacto ambiental, en la que se determinen las condiciones que deban establecerse en orden a la adecuada protección del medio ambiente y los recursos naturales" (negrita añadida) [art. 12.1 RDL 1/2008].



Es decir, según la propia legislación española al formular la DIA el Ministerio de Medio Ambiente tiene que indicar claramente las condiciones que deben establecerse para una adecuada protección del medio ambiente. No dejarlas a criterio de la multinacional petrolera, como se hace en este caso.