La Justicia reclama al Cabildo de Fuerteventura que cumpla de una vez la sentencia de readmisión de los ocho trabajadores de la Escuela Insular de Música despedidos el pasado curso afirma FESP-UGT


 La Justicia reclama al Cabildo de Fuerteventura que cumpla de una vez la sentencia de readmisión de los ocho trabajadores de la Escuela Insular de Música despedidos el pasado curso. En su nuevo pronunciamiento (tras la sentencia del pasado mes de septiembre) dice: "Requerir al Cabildo Insular de Fuerteventura para que, en el plazo de cinco días, dé estricto cumplimiento a lo acordado en las sentencias de las que deriva la presente ejecución y proceda a la readmisión de los ejecutantes en sus puestos de trabajo, pues en caso contrario se procederá conforme a lo establecido en el artículo 241 de la LRJS.



La secretaria de la FSP-UGT Fuerteventura, Ana Francés, afirma ante la inacción de la administración majorera después de tres meses con sentencia que “el Cabildo y la Consejería de Recursos Humanos que dirige Juan Jiménez deben tomar de una vez la iniciativa y cumplir con su obligación; de lo contrario dará la razón a quienes creen que actúan por razones poco claras aprovechando los nefastos cambios legislativos de Rajoy”.

Así mismo, resalta el “buen trabajo” realizado por los servicios jurídicos del sindicato. “Desde el inicio del conflicto intentamos alcanzar una solución satisfactoria con el Cabildo, tanto para los trabajadores como para los ciudadanos usuarios de la Escuela Insular de Música, mediante la negociación; no fue posible, por lo que volcamos nuestros esfuerzos en la vía judicial con el resultado satisfactorio que conocimos en septiembre. Lástima que hoy la Justicia tenga que insistir al Cabildo para que acate y cumpla la sentencia”.

El Juzgado de lo Social número 2 de Arrecife, con sede en Puerto del Rosario, emitió en septiembre su sentencia sobre el litigio laboral de la Escuela Insular de Música de Fuerteventura, en la que obliga al Cabildo a readmitir a los ocho trabajadores despedidos en las mismas condiciones laborales que tenían, además de dictar el pago de los salarios de tramitación. Esta sentencia fue posible gracias al trabajo realizado por la Federación de Servicios Públicos (FSP) de UGT de Fuerteventura.


La sentencia del Juzgado de lo Social número 2 son, en realidad, ocho sentencias sobre los recursos interpuestos por los trabajadores de manera individual. Estas ocho sentencias son idénticas en su fallo. Los ocho fallos conocidos en septiembre señalan que “estimo parcialmente la demanda interpuesta” y “declaro la improcedencia del despido de la parte actora y condeno a la entidad demandada (el Cabildo de Fuerteventura) a estar y pasar por tal declaración y a que lo readmita de forma obligatoria, en aplicación del artículo 43 del Convenio Colectivo del Personal Laboral de la citada Administración, en las mismas condiciones anteriores a dicho despido, con la condición de personal indefinido no fijo para trabajos fijos de carácter discontinuo, así como a abonarle los salarios de tramitación desde el día 30 de junio de 2012 y hasta que la readmisión tenga lugar, con exclusión de los periodos de interrupción de la actividad de la Escuela Insular de Música de Fuerteventura”.