El Pleno del Cabildo de Fuerteventura aprobó
hoy, con los votos a favor del grupo de Gobierno y del PPM y las abstenciones
del grupo Mixto y del grupo PP, el contenido de una moción presentada por el
grupo PSOE en la que se rechaza el contenido de la Propuesta de texto articulado de la Ley de
Demarcación y de Planta Judicial y de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que
ha hecho pública el Ministerio de Justicia.
En este sentido, el propio Ministro de Justicia compareció ante la
Comisión de Justicia del Congreso de los Diputados, en el mes de mayo pasado,
para presentar un texto de reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial, texto
propuesto por la misma Comisión Institucional que elaboró esta propuesta. El
texto de reforma de Ley Orgánica del Poder Judicial ya avanzaba las líneas que
ahora se concretan en la reforma de la demarcación y planta judicial, pero el
Ministro anunció, sembrando la confusión, que no hacía suyo el texto que
presentaba en sede parlamentaria abriendo así, a modo de globo sonda, un debate
artificial y escondiéndose una vez más el Gobierno, tras una Comisión de
Expertos, para no asumir su directa responsabilidad.
La propuesta de modificación de la
demarcación y planta judicial que formula, sigue la senda de las reformas de la
administración que nos viene proponiendo el Gobierno, y que como otras, ignora
a los ciudadanos, las competencias que la Constitución y sus Estatutos reservan
a las Comunidades Autónomas y tiene como único eje rector, con el pretexto de
un supuesto ahorro, la reducción de la administración orientada, en última
instancia, al desmantelamiento de los servicios públicos.
De hecho la presentación de la propuesta se
hace incumpliendo el artículo 152.1 de la Constitución Española, además del
art. 35 de la LOPJ que obligan al Ministro de Justicia a recabar informe sobre
la propuesta a las distintas Comunidades Autónomas y contar con la opinión de
las mismas para elaborar el Anteproyecto y además a unir luego al Proyecto de
Ley que presente a las Cámaras las propuestas de las Comunidades Autónomas.
Pese a que la ratio de jueces por cada cien
ciudadanos es inferior en España a la media europea, la propuesta no hace
referencia tampoco al posible incremento del número de jueces y magistrados,
sino sólo a lo contrario, su disminución como revela la Disposición Transitoria
Octava
El Ministro afirmó el pasado 9 de julio en
Valladolid, que no se suprimirá ninguna sede judicial en España pero, de
llevarse a cabo la propuesta publicada, esta afirmación no sería cierta porque
de su lectura se extrae que la “implantación del nuevo modelo condiciona el
gasto que las Administraciones Públicas puedan realizar en mejora de los medios
materiales al servicio de la Administración de Justicia, siendo así que aquél
deberá localizarse en los edificios e instalaciones que han de albergar las
sedes reflejadas en la presente Ley y solamente en ellas” que estarán sólo
radicadas en las capitales de provincia según se deriva del articulado de la
propuesta de Ley Orgánica del Poder Judicial y de los Anexos de la propuesta de
ley de demarcación y planta. Centralizar y alejar la justicia de los
ciudadanos, como hace la propuesta, es radicalmente contrario a la facilitación
de la tutela judicial.
Por tanto, la propuesta presentada supone un
severo riesgo para la pervivencia del servicio público de la Justicia,
especialmente en el medio rural, pero afectando también al ámbito urbano, pues
la demarcación pasa a ser provincial para los Tribunales de Instancia, salvo en
Madrid y Barcelona. La propuesta de las Leyes de Demarcación y Planta y
Orgánica del Poder Judicial conlleva la desaparición de los partidos judiciales
rurales amenazados de supresión o de una pérdida de funciones tal que los convertiría
en poco más que sedes administrativas.
Cualquier propuesta que se formule, para
merecer una mínima consideración, tiene que tener en cuenta, además de las
competencias de otras administraciones en la materia, aspectos demográficos, de
redes de comunicación, de tipología de la litigiosidad existente en cada zona,
del carácter rural, urbano o turístico de la zona, etc. y que, en base a un
estudio de los mismos, llegase a conclusiones de dotación debidamente razonadas
y articuladas. El acuerdo ahora adoptado defiende el principio de cercanía de
los servicios públicos, entre ellos la Administración de Justicia, a los
ciudadanos, debiendo explorarse las potencialidades del sistema existente, que
las tiene, y su reforma, pero no bajo la premisa de la desaparición de los partidos
judiciales y las Audiencias Provinciales.
Y considera que el Gobierno del PP se está
superando día a día en autoritarismo y soledad política.
Así, en virtud del acuerdo hoy adoptado se
insta al Gobierno de España a:
1- Desestimar y no llevar a efecto
las propuestas de reforma de la Ley de Demarcación y Planta Judicialy la
Ley Orgánica del Poder Judicial hecha pública en la página web del
Ministerio de Justicia.
2-Presentar una
nueva propuesta de reforma en la que en su elaboración y contenido:
Se tengan en
cuenta las distintas competencias que concurren. Y la opinión de las
CC.AA, tal y como
expresa la Constitución Española y el art 35 de la LOPJ.
Se mantenga
la demarcación y planta vinculada a los territorios, con partidos
judiciales como estructura territorial de los Tribunales de Instancia,
manteniendo de este forma los partidos judiciales y suprimiendo que su
ámbito territorial sea provincial. Dejando sin efecto la recentralización
que lleva a cabo en las
capitales de provincia.
Mantenga las
Audiencias Provinciales y los Juzgados de Paz para evitar el alejamiento y
la concentración de la administración de justicia tan contraria a
los intereses de los ciudadanos, y buscando el consenso en las
nuevas demarcaciones, como pueden ser los tribunales de base o primer
grado.
3-Implantar los Tribunales de
Instancia simultáneamente con el pleno despliegue de la nueva oficina
judicial, con el fin de garantizar el completo desarrollo de los servicios
comunes procesales y agilizar la justicia, mejorando el servicio público.