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Las alegaciones presentadas por el
PSOE, responden al interés general, a la mejora de la convivencia en el
municipio así como al futuro de las necesidades de infraestructura pública,
especialmente a las infraestructuras sociosanitarias.
En Puerto del Rosario, a 9 de marzo de 2014
El PSOE
capitalino presenta las alegaciones necesarias al texto del Plan General de
Ordenación Urbana de Puerto del Rosario.
Para ello,
los socialistas han estudiado y debatido concienzudamente el documento
presentado por Coalición Canaria, de ahí, las alegaciones presentadas al
documento por el PSOE, quienes pretenden mantener el carácter público del
antiguo centro escolar Los Colorines así como la utilización del mismo para uso
social. Además, los socialistas consideran vital, el dotar al documento de una
ficha financiera realista para culminar la ejecución del suelo urbano, así como
que el Plan General contemple medidas para agilizar la ejecución de diversos
espacios libres que puedan dar una pronta respuesta a la necesidad de la
población por disfrutar de zonas de ocio infantil tales como parques verdes y
merenderos.
En otro
orden de cosas, el PSOE portuense alegó al documento del PGOU, suelo especifico
para impulsar la ejecución de infraestructuras sociosanitarias, asignatura
pendiente en la isla de Fuerteventura en general y en el municipio capitalino
en particular.
Por último,
los socialistas consideran vital la creación de un órgano especifico de
participación ciudadana con representantes de cada uno de los pueblos que conforman
el municipio, a efectos de que estos puedan participar, de manera directa, en
un debate más objetivo con respecto a la delimitación de los asentamientos
rurales.
La revisión
del PGOU establecerá el proyecto de ciudad para Puerto del Rosario. Un documento
de carácter normativo que establece, de cara al futuro, el modelo de desarrollo
del municipio. En ese sentido, el Plan General refleja la clasificación del
suelo del término municipal capitalino en tres tipos de superficies: suelo
urbano, suelo urbanizable y suelo no urbanizable.
En líneas
generales, el suelo urbano hace referencia al que ya forma parte de la trama
urbana. En este aspecto, el PGOU debe regular su uso al detalle, que se puede
edificar, formas de hacerlo, licencias municipales etc. El suelo urbanizable se
refiere al suelo susceptible de ser urbanizado como parte del desarrollo futuro
de la ciudad, este apartado corresponde a una de las partes fundamentales del
Plan de Ordenación de Puerto del Rosario, mientras que el suelo no urbanizable
presta atención, principalmente, a los espacios naturales de especial
protección.