El Pleno del Cabildo de Fuerteventura acordó esta mañana con los votos a favor de todos los grupos políticos salvo el PP, que votó en contra, una moción con motivo del Día Internacional contra la Violencia de Género y en la que se recuerda que el próximo 28 de Diciembre se cumplirán diez años de la aprobación por el Pleno del Congreso de los Diputados de la Ley Orgánica 1/2004, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de género en todos sus aspectos, que se ha consolidado como modelo internacional.
Frente a ello, se advierte que el Gobierno del PP está poniendo a la sociedad española en una encrucijada muy peligrosa, no solo porque está desmantelando sistemáticamente la lucha contra la violencia de género a base de recortes, sino porque está atacando sus cimientos ideológicos, legales y simbólicos.
Entre los asuntos tratados en esta sesión plenaria también se aprobó por unanimidad una moción presentada por el grupo Mixto (AMF) en la que se declara a Fuerteventura como 'zona libre de desahucios hipotecarios".
Estas declaración implica el desarrollo de iniciativas de apoyo a los perjudicados, intentando sobre todo paralizar embargos a personas en riesgo de perder su vivienda habitual, así como asegurar los servicios básicos a dichas familias.
Todos los grupos políticos coincidieron en reclamar la incorporación a este acuerdo del resto de instituciones de la Isla y al resto de administraciones.
Violencia de género
La Ley Integral está amenazada por la irresponsabilidad de un gobierno central que ha hecho desaparecer el principio de igualdad del discurso político y la violencia de género de sus prioridades.
Por todas estas razones, se hace necesario redoblar los esfuerzos contra la violencia de género, volver a colocarla como prioridad política y exigir que se restituya el sistema de protección para las mujeres víctimas y todos los recursos y medidas que se han ido desmantelando en los últimos años.
El contenido de los acuerdos recogidos en la Moción se refieren a que el Cabildo se compromete a no reducir recursos, ni servicios, ni presupuestos para combatir la Violencia de Género, así como a:
- Impulsar desde el ámbito local la sensibilización sobre la violencia de género, la detección y apoyo a las víctimas y sus hijos e hijas menores.
- Impulsar la aplicación de la
Ley de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género encoordinación con todos los poderes públicos, tanto locales como autonómicos y estatales. - Reclamar que los
Ayuntamientos y entes locales recuperen expresamente las competencias enIgualdad y Violencia de género, con la consiguiente dotación presupuestaria suficiente , igual que el resto delas Administraciones Públicas, en el ámbito de sus respectivas competencias, con el objeto de aplicar en su integridad y de forma eficaz la Ley Orgánica 1/2004, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género.
Además, se exige al Gobierno estatal que:
- Adopte todas las medidas que permitan la
aplicación efectiva y el desarrollo de la Ley Orgánica 112004, de28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género. - Reponga los fondos
presupuestarios recortados . - Desarrolle el sistema de
seguimiento integral de los casos de violencia de género. - Impulse la implantación de
los medios telemáticos y evalúe esa implantación en colaboración con el Consejo General del Poder Judicial. - Revise y evalúe los
protocolos de coordinación actuales para aumentar su eficiencia y garantizar su aplicación en todo el territorio. - Avance en una mayor formación y especialización de todos los profesionales que intervienen frente a esta violencia y garantice que cualquier modificación que se lleve a cabo en las estructuras desarrolladas para perseguir esta violencia no pierda especialización.
- Garantice el cumplimiento del Convenio del Consejo de Europa sobre prevención y lucha contra la violencia contra la mujer y la violencia doméstica conocido como Convenio Estambul.
- Realice las reformas en el Código Penal, en la Ley Orgánica del Poder Judicial, en el Código Civil, en la Ley de Enjuiciamiento Civil y en la Ley de Enjuiciamiento Criminal que, con objeto de hacer más efectiva la protección y la tutela penal de la seguridad de los hijos e hijas menores que padecen la violencia de género en el seno familiar, aseguren el pronunciamiento expreso del Juez respecto de la necesidad de adoptar medidas específicas sobre el régimen de custodia, de las visitas, cuidado y educación de los hijos e hijas, procurando su mayor seguridad y atención, así como las medidas provisionales concretas, incluyendo otras medias de asistencia y protección integral.