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Fuerteventura.- En Antigua Entra en vigor la Ordenanza Municipal General de Gestión, Recaudación e Inspección

- La Corporación considera que la norma permitirá aplicar ciertos mecanismos recaudatorios beneficiosos para los ciudadanos

- Entre las novedades más interesantes figura la posibilidad de que los contribuyentes se acojan a un plan personalizado de pago de los recibos del IBI

- Establece una bonificación del 4% de las cuotas para los contribuyentes que domicilien sus deudas de naturaleza tributaria en periodo voluntario


El Ayuntamiento de Antigua, a través de la Concejalía de Economía y Hacienda, comunica que ha entrado en vigor la Ordenanza Municipal General de Gestión, Recaudación e Inspección, cuyo texto íntegro se publicó el lunes 11 de agosto en el Boletín Oficial de la Provincia. La iniciativa, respaldada inicialmente en el pleno ordinario celebrado el pasado 29 de mayo, fue sometida a información pública sin que se registraran alegaciones.

La Corporación considera que la norma es necesaria para poder aplicar ciertos mecanismos recaudatorios, al tiempo que valora su utilidad para generar sinergias que permitirán incrementar los porcentajes de recaudación y beneficiar a los ciudadanos.

Entre las novedades más interesantes que aporta la ordenanza es la posibilidad de que cada contribuyente pueda acogerse a un plan personalizado como sistema especial de pago de recibos del Impuesto de Bienes Inmuebles. Esta medida permitirá realizar ingresos periódicos a cuenta de la deuda anual estimada correspondiente a los recibos de cobro periódico y notificación.

Como requisitos para acogerse a este plan, los contribuyentes tienen la obligación de domiciliar los pagos en una única cuenta y no tener deuda pendiente en periodo ejecutivo con el Ayuntamiento de Antigua. No se cobrarán intereses de demora, siempre que se paguen las fracciones en los plazos establecidos.

En cuanto a la periodicidad de los pagos, los interesados podrán seleccionar 6 o 4 cuotas. En el primer caso, los cobros se realizarán los días 5 de febrero, 5 de abril, 5 de junio, 5 de agosto, 5 de octubre y 5 de noviembre. En el segundo caso, se llevarán a cabo los días 5 de febrero, 5 de mayo, 5 de agosto y 5 de noviembre.
Las personas que deseen acogerse al Plan Personalizado de Pago deberán presentar las solicitudes antes del 1 de noviembre del ejercicio anterior al que se refiere la petición, eligiendo una periodicidad del pago. A partir de ese momento, quedarán adheridas al plan en las condiciones establecidas, salvo que se le comunique la denegación por incumplimiento de los requisitos.

Otra de las aportaciones que incluye la norma es la aplicación de una bonificación general del 4% de las cuotas a favor de los contribuyentes que domicilien sus deudas de naturaleza tributaria con dos meses de antelación al inicio del periodo voluntario de cobranza.

La medida pretende incentivar la domiciliación, con el objetivo de abaratar los costes de recaudación, girar en los primeros días o semanas del periodo recaudatorio los cargos a los bancos y, por tanto, programar la tesorería. Al mismo tiempo, supone un beneficio para los ciudadanos, pues la ventaja de tener domiciliados sus recibos se traduce en un incentivo económico.

Fraccionamiento

La ordenanza municipal regula también los tramos de fraccionamiento y aplazamiento de pago. Los contribuyentes podrán realizar sus solicitudes sobre las deudas que se encuentren en periodo voluntario de pago, dentro de dicho periodo, o sobre las que se ha iniciado el periodo de apremio, en cualquier momento anterior a la notificación del acuerdo de enajenación de los bienes embargados.

En este caso, se establecen 4 meses para las deudas de entre 100 y 600 euros, 6 meses para las que oscilan entre 600 y 2.500 euros, 10 meses para las que van desde los 2.500 y los 6.000 euros y 14 meses para las que se sitúan entre los 6.000 y los 12.000 euros. Para 100.000 euros en adelante se fijan hasta 36 meses.

Otro apartado destacado en la nueva ordenanza es que no se exigirán garantías para las solicitudes de aplazamiento y fraccionamiento de pago de deudas cuyo importe en conjunto sea igual o inferior a 18.000 euros. Por tanto, se triplica el umbral establecido hasta ahora, lo que también beneficiará a los vecinos del municipio.